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Capítulo 13: Plan de fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía

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Capítulo 13: Plan de fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía

La Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias y a través de la consejería de Empleo competente en materia de trabajo autónomo, establecerá un conjunto integral de políticas activas de apoyo y fomento del trabajo autónomo destinadas a promover la competitividad, la mejora del tejido productivo andaluz y la generación de empleo.

Objetivos

La ley LEY 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo en su artículo 5  regula las políticas públicas orientadas a apoyar y fomentar el trabajo autónomo, en particular las destinadas a la formación, a la prevención de riesgos laborales y a la protección de la seguridad y salud laboral, y a la resolución extrajudicial de conflictos individuales y colectivos del trabajo autónomo económicamente dependiente.

Especialmente se promoverá el acceso y permanencia de las mujeres a la titularidad compartida de la actividad empresarial en los distintos sectores como la agricultura, hostelería y comercio, entre otros, que se desarrollen íntegramente o en su mayor parte en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante acciones de divulgación, información y asesoramiento técnico a ambos cónyuges o personas ligadas con una relación de análoga afectividad.

Los programas y actuaciones que se articulen para el fomento del trabajo autónomo podrán contemplar, entre otras, medidas destinadas a:

  1. Establecer incentivos de apoyo financiero dirigidos a la puesta en marcha y acompañamiento del trabajo autónomo.
  2. Fijar incentivos destinados a la creación de empleo estable por parte de los trabajadores y trabajadoras autónomos.
  3. Favorecer la formación y reciclaje profesional que garanticen la adecuada y continua capacitación del trabajador o trabajadora autónoma en la actividad que desarrolle, así como en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
  4. Asesorar y apoyar técnicamente al trabajador o trabajadora autónoma en las diferentes fases de su actividad económica.
  5. Potenciar, difundir e informar sobre la cultura del emprendimiento y del autoempleo en la sociedad en general, y muy especialmente en el marco del sistema educativo.
  6. Impulsar y crear redes de colaboración entre los trabajadores y trabajadoras autónomos a fin de fortalecer su posición en el tejido productivo andaluz.
  7. Apoyar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras autónomos.
  8. Realizar estudios y prospecciones del tejido productivo al objeto de identificar las necesidades económicas y profesionales demandadas por la sociedad andaluza y que puedan ser satisfechas mediante el desarrollo de fórmulas de trabajo autónomo.
  9. Eliminar los obstáculos que impidan el inicio y desarrollo de una actividad económica o profesional por cuenta propia.
  10. Apoyar al asociacionismo como medio para garantizar la cohesión del colectivo de trabajadoras y trabajadores autónomos, en general, y por sectores de actividad, en particular.
  • Ayuda para el establecimiento del trabajador autónomo
  • Ayuda para el Mantenimiento del trabajador autónomo
  • Medida de apoyo a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido que realice de forma simultánea el autónomo individual
  • Incentivos a las trabajadoras por cuenta propia que por motivos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo, precisen realizar la contratación de una persona que les permita disfrutar de los permisos correspondientes por estas causas
  • Capitalización o pago único de la prestación por desempleo
  • Abono de las cuotas de la Seguridad Social a trabajadores acogidos al pago único
  • Medida de apoyo a la formación específica para el autoempleo
  • Medida de apoyo para la formación continua para personas ocupadas en pequeñas y medianas empresas, empresas de economía social y autónomos
  • Desarrollo de las acciones formativas
  • Medida de apoyo a la financiación. FORAN - Empleo Autónomo
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Índice de contenidos

  • Prólogo
  • Introducción
  • Primera Parte: El Emprendedor y la Idea
  • Segunda Parte: El Plan de Empresa
  • Tercera Parte: Tipología de Empresas, o ¿Qué Tipo de Empresa Elijo?
  • Cuarta Parte: Trámites de Constitución y Puesta en Marcha
  • Quinta Parte: ¿Dónde busco ayuda?, o Apoyo al Emprendedor
    • Capítulo 13: Plan de fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía
      • Ayuda para el establecimiento del trabajador autónomo
      • Ayuda para el Mantenimiento del trabajador autónomo
      • Medida de apoyo a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido que realice de forma simultánea el autónomo individual
      • Incentivos a las trabajadoras por cuenta propia que por motivos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo, precisen realizar la contratación de una persona que les permita disfrutar de los permisos correspondientes por estas causas
      • Capitalización o pago único de la prestación por desempleo
      • Abono de las cuotas de la Seguridad Social a trabajadores acogidos al pago único
      • Medida de apoyo a la formación específica para el autoempleo
      • Medida de apoyo para la formación continua para personas ocupadas en pequeñas y medianas empresas, empresas de economía social y autónomos
      • Desarrollo de las acciones formativas
      • Medida de apoyo a la financiación. FORAN - Empleo Autónomo
    • Capítulo 14: Plan de fomento y consolidacion del trabajo autonomo para personas con discapacidad
    • Capítulo 15: Organismos y entidades de apoyo al emprendedor
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